Me han escrito varias personas del auditorio de lectores asiduos y les doy muchas gracias por su preferencia y confianza para responderles, sobre la próxima obligación que a nadie le gusta que es la razón de tributar.
Asà es, por una extraña razón varios de ustedes mis amigos lectores, creerán que soy quizá un excelente contador, cuestión que debo confesar, no es asÃ, por ende en sus casos muy muy muy especÃficos sobre â??que puedo deducirâ?, â??¿Cómo lleno una forma para tributar?â?, â??que régimen me conviene masâ?, etc. son decisiones que en sus breves correos electrónicos no puedo responder ni paso aquÃ, a Cartas al blog puesto que son casos muy especÃficos.
No por ello, dejo de agradecer sus misivas.
Pero en esta ocasión, hablemos de algo un poco mas general, siendo que los contribuyentes tienen hasta el 30 de abril para presentar su declaración anual, cabe destacar, ¿IETU o ISR?
Alguna vez se han puesto a ver, que parecen iguales pero no son lo mismo estos impuestos, ¿verdad?, el IETU es conocido asà por sus siglas que significan Impuesto Empresarial a Tasa �nica y el ISR todo mundo lo conoce pero no esta de mas el mencionarle y explicarle, es el Impuesto Sobre la Renta.
Ok, se espera que para este año, el gobierno reciba unas 4 millones de declaraciones anuales, de las cuales el 80 por ciento será de personas fÃsicas y claro está, el resto de personas morales.
¿No tiene ni idea de que hablo?, en verdad, es una obligación con México y sus habitantes (todos los mexicanos), acérquese a la oficina del SAT (Servicio de Administración Tributaria) y que le orienten, no esta de mas tener a la mano un contador aunque los asesores del SAT, me consta que son personas que ven por los intereses de usted.
Y usted ya sabe, ¿Qué le toca tributar?