1.- En la recomendación 48/2016 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), se establece puntualmente la definición de qué es una fosa clandestina y una fosa común.
Se precisa, por parte del segundo visitador general de la CNDH, Enrique Guadarrama López, que la fosa de Tetelcingo no es una FOSA CLANDESTINA; se reconoce como FOSA COMÚN, que es legal, pero que se encuentra en un panteón que no cumple con la debida regularización.
2.- Los 119 cadáveres, y bolsas con restos humanos, estuvieron depositados en el Servicio Forense de la ex Procuraduría de Justicia del Estado de Morelos. En el expediente se señala que los 117 cuerpos restantes corresponden a los años 2010 (2), 2011 (14), 2012 (64). En 2013 existe el registro de 37.
3.- En el caso de Oliver Wenceslao Navarrete Hernández, es evidente que había sido identificado por sus familiares y autoridades de la Fiscalía Regional Oriente; el haberlo enviado a la fosa común es un acto grave que debe sancionarse.
El Gobierno del Estado de Morelos respaldará a los familiares de la víctima para reparar en todos sus términos el daño causado. Lo mismo ocurrirá en otros casos.
4.- El compromiso con la legalidad y certeza jurídica que asume el Gobierno del Estado de Morelos quedó de manifiesto cuando la Fiscalía General del Estado pidió el acompañamiento de la Procuraduría General de la República y de la Policía Científica de la Policía Federal, en el proceso de exhumación para la toma de muestras biológicas a cada uno de los cuerpos depositados en la fosa común de Tetelcingo.
Una vez cumplidos los procesos, los cuerpos fueron depositados –con dignidad y respeto- en un nuevo panteón, Jardines del Recuerdo. Se trata de una fosa ministerial con gavetas para facilitar su localización e identificación. Lo mismo se hará en la fosa común ubicada en Jojutla.
5.- El Gobierno de Morelos solicitará formalmente a la CNDH realice una recomendación a todas las instancias de procuración de justicia del país para que, mediante un protocolo y normas de actuación unificados con lo que establece la Ley y los tratados internacionales, se proceda a transparentar y regularizar las diversas fosas comunes, como se hiciera en Morelos