El jefe negociador del gobierno colombiano, Humberto de la Calle, explicó los ajustes que se hicieron, junto con la guerrilla de las FARC, para el nuevo Acuerdo de Paz, en “un esfuerzo genuino, leal”.
Este nuevo documento permite “recopilar la totalidad de las iniciativas, ordenarlas, estudiarlas a fondo, luego de cerca de 100 horas de intercambio directo de opiniones en un ejercicio constructivo, franco y democrático”, señaló De la Calle.
Los negociadores del gobierno colombiano y de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) dieron a conocer este sábado un comunicado conjunto en el que anunciaron el nuevo Acuerdo de Paz, tras recoger las propuestas de los voceros del No en el plebiscito del 2 de octubre pasado.
Explicó que “durante el término de la dejación de armas, las FARC presentarán un inventario de bienes y activos para destinarlos a la reparación material de las víctimas”.
Respecto a la “Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se atendió la mayoría de las propuestas formuladas. Se precisaron de manera concreta las características y mecanismos de la restricción efectiva de la libertad”, que fueron exigencias de los sectores opositores.
En efecto, “se fijaron los espacios territoriales específicos para el cumplimiento de las sanciones con un tamaño máximo a las zonas veredales”.
Además se precisaron “los periodos de ejecución de las acciones reparadoras, la precisión del lugar de residencia, los mecanismos de monitoreo y la regulación del sistema de autorización para los desplazamientos por fuera de las zonas, requisito necesario en todos los casos”.
Por iniciativa de algunos opositores “se aceptó que mientras entra en funcionamiento la JEP, las acciones reparadoras debidamente verificadas pueden ser descontadas de la sanción que se imponga”, dijo De la Calle.
Sobre el discutido tema de “la conexidad del narcotráfico con el delito político, el acuerdo es que los Magistrados tendrán en cuenta caso a caso la jurisprudencia de las cortes colombianas”.
También se “eliminan los Magistrados extranjeros pero se acepta la presencia de amicus curiae (expertos extranjeros) para rendir conceptos sobre los casos que se tramiten”.
Queda claro “que entre la normatividad aplicable se incluye el Código Penal Colombiano y que las normas procedimentales deberán ser incorporadas al ordenamiento legal”.
Serán de competencia de la JEP “las conductas de financiación o colaboración con actores del conflicto en que hayan incurrido los terceros no combatientes que tuvieron una participación activa o determinante en los crímenes más graves”.
Se eliminó la “participación habitual. Y se reafirmó que los demás, si contribuyen a las medidas de verdad y reparación, pueden beneficiarse de la renuncia de la acción penal u otro tipo de terminación anticipada del proceso (…)”.
En el nuevo Acuerdo de Paz, “se estableció el término concreto de duración de la Jurisdicción”.
Igualmente se descartó la “idea de incorporar el Acuerdo a la Constitución Política y al llamado bloque de constitucionalidad”.
Por lo que el principio general de garantía de cumplimiento “es el compromiso de que ambas partes cumplirán de buena fe lo pactado, y en lo que tiene que ver con el Estado, los principios que informan el Acuerdo serán parámetro de interpretación y guía de la aplicación normativa y práctica”.
En el nuevo acuerdo se “define qué se entiende por enfoque de género. Significa el reconocimiento de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y de las circunstancias especiales de cada uno.
Agregó que “supone reconocer que el conflicto ha impactado de manera diferenciada a la mujer y que, en consecuencia, se requieren acciones distintas y específicas para restablecer sus derechos”.
Incluye también un “principio de respeto a la igualdad y no discriminación, que implica que toda persona, independientemente de su sexo, edad, creencias religiosas, opiniones, identidad étnica, pertenencia a la población LGBTI, o cualquier otra razón, tiene derecho a disfrutar de todos los derechos”.
“Ningún contenido del Acuerdo Final se entenderá o interpretará como la negación, restricción o menoscabo de los derechos de las personas”, enfatizó De la Calle.
En atención al llamado que hicieron de diversos sectores religiosos, se “estipula que en la implementación de lo acordado se deberá respetar la libertad de cultos, lo que significa el reconocimiento y respeto a la práctica de cualquier manifestación de religiosidad”.
“Mantenemos vivo -enfatizó- el compromiso con el campo a través de una política de recuperación de la familia campesina, que impulse el acceso equitativo a la tierra y que cree condiciones de vida digna”.
En la Reforma Rural Integral “hemos afirmado que nada de lo establecido en el acuerdo debe afectar el derecho constitucional a la propiedad privada”.
También quedó explícito que los programas, cuyo destinatario es el campesino, no impiden la puesta en práctica de diversas formas de producción, tales como la agroindustria o el turismo.
Para lograr darle la mayor solidez a “la reforma rural, se ajustaron los tiempos de implementación a las nuevas realidades fiscales. El acuerdo además por sí mismo no crea Zonas de Reserva Campesina”.
De igual modo se aclara que “los programas de sustitución buscan tener territorios libres de cultivos de uso ilícitos de modo que no se establezca un marco de coexistencia entre el programa de sustitución y la continuación de tales cultivos”.
“No podemos pedir que cese la discusión. Pero sí podemos desear que la gran decisión nacional sea poner en marcha la ejecución de los acuerdos, superar el conflicto armado, abrir caminos a la reconciliación y profundizar los esfuerzos para lograr una sociedad equitativa”, afirmó De la Calle