La bancada del PRD en el Congreso de Morelos presentó ante el pleno legislativo una iniciativa de reforma al Código Electoral del estado para incluir la figura del recuento de votos en los comicios del cinco de julio, cuando se elegirán 33 alcaldes y 30 diputados, 18 de ellos de mayoría y 12 de representación proporcional.
La propuesta legislativa fue sometida a primera lectura luego de que la bancada del PRD promovió una controversia constitucional ante la Suprema Corte para impugnar una primera adecuación al marco electoral, toda vez que la mayoría de diputados omitieron legislar respecto al recuento de voto por voto, afirmó el diputado perredista Matías Quiroz Medina.
En el artículo 286 de la propuesta se establece que la solicitud de recuento debe estar motivada y justificada mediante la exposición de incidentes e irregularidades, además de que resulte determinante para el resultado de la votación. Ello, explicó el legislador, se produce cuando el partido, coalición o candidato que esta en segundo lugar, pueda con motivo del recuento, alcanzar el triunfo en la elección.
En la iniciativa se propone que el recuento administrativo del total de los sufragios ocurra cuando la diferencia entre el primero y el segundo lugar sea igual o menos al 1% de la votación total emitida, o bien cuando el total de los votos nulos sea superior a la diferencia entre el primero y el segundo lugar.
Para el caso se reconocen dos tipos de recuento: Administrativo y Jurisdiccional. El primero a cargo de los Consejos Municipales o Distritales en los casos de ayuntamientos y diputados. En lo que corresponde a la votación para gobernador estará bajo responsabilidad del Consejo Estatal Electoral.
En tanto tipo de recuento jurisdiccional será practicado por las salas del Tribunal Estatal Electoral, dentro de su competencia en los supuestos que prevea la ley en la materia.
La iniciativa señala que en materia administrativa se considera que procederá el escrutinio y cómputo de la votación de las casillas, siempre que existan errores evidentes en los resultados de las actas o no coincidan los resultados de esos documentos con los que tengan los partidos políticos.
Y por otra parte, se propone que en los casos en que haya existido recuento administrativo, los partidos políticos o coaliciones están impedidos para solicitarlo de nueva cuenta ante el órgano jurisdiccional.
Matías Quiroz recalcó que este mecanismo deberá estar cimentado sobre una duda fundada en los resultados de votación y, por otro lado, se cumpla con el principio de iniciativa de parte, en el sentido de dar lugar solamente a los recuentos en aquellos casos en donde se hubiera impugnado de manera expresa los resultados de las casillas correspondientes.
El proyecto, señaló el legislador, establece nuevas reglas de modo y tiempo, que otorga mayor transparencia, objetividad, imparcialidad, justicia y equidad al procedimiento electoral, al reconocer e instrumentar los recuentos totales y parciales.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación para su análisis y dictamen