Comienza cuando los presidentes de casilla entregan los paquetes electorales en los consejos distritales y termina con el cómputo final y la declaración de validez llevados a cabo por los consejos correspondientes del IFE. En caso de que se impugnen los resultados de casillas o distritos, la etapa acaba con las resoluciones, definitivas e inatacables, que emita el Tribunal Electoral.
La ley ordena que se establezca un mecanismo para la compilación y difusión inmediata de los resultados electorales en el Consejo General. Para ello, el IFE echa a andar el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), un sistema informático que se alimenta con los datos de las actas de escrutinio y cómputo de las casillas del país. A partir de las ocho de la noche del 5 de julio, el personal del PREP recibe y captura dichos resultados y los transmite al Centro de Cómputo del IFE. Conforme llega la información, ésta se da a conocer al Consejo General, a los partidos políticos y a los medios de comunicación. Es decir, todos los ciudadanos podemos consultar esta información de forma simultánea.
Gracias al PREP, podemos enterarnos de los resultados preliminares de la elección el mismo día de la jornada electoral. Los ciudadanos interesados pueden seguir su desarrollo mediante Internet. Las estaciones de radio y TV, además de difundir sus propias encuestas de salida y conteos rápidos, también dan cuenta del PREP.
Los consejos distritales sesionan el miércoles posterior a la elección para llevar a cabo el cómputo final. Este se realiza de manera ininterrumpida hasta concluirse. Los consejos distritales deben de sumar los resultados registrados en las actas de escrutinio y cómputo de cada casilla electoral de su respectivo distrito. El conteo sirve para determinar la fórmula de los candidatos que gana por el principio de mayoría relativa. En el caso de las fórmulas que compiten por el principio de representación proporcional, el conteo distrital es un resultado parcial, ya que se sumará al de los otros distritos de la circunscripción.
Al terminar el conteo, los consejos distritales verifican que se hayan cumplido los requerimientos formales de la elección y de elegibilidad de los candidatos. Después de esta verificación, el consejo distrital emite el cómputo final y realiza la declaración de validez de la elección. Entonces, el presidente del consejo expide la constancia de mayoría y de validez de la elección, y la entrega a la fórmula ganadora. Si el cómputo de la elección y la constancia de mayoría y de validez no son impugnadas en los periodos marcados por la ley, la elección se considera válida, definitiva e inatacable
El domingo siguiente a la elección, los consejos locales establecidos en Guadalajara, Jalapa, México D.F., Monterrey, Toluca (las cinco cabeceras de circunscripción) sesionan para hacer el cómputo de los resultados de las elecciones para diputados de representación proporcional. El presidente del consejo local publica los resultados en el exterior de las oficinas y entrega la documentación electoral al Secretario Ejecutivo del IFE. Ese mismo domingo, el 12 de julio, se dan a conocer entonces los resultados finales de la elección.
Una vez que el Tribunal Electoral resuelve las impugnaciones de los resultados de las elecciones de diputados por el principio de mayoría relativa que hayan surgido, el Consejo General asigna la distribución de los miembros de la Cámara de Diputados electos por el principio de representación proporcional de acuerdo con los criterios establecidos por la ley. Entonces, el Presidente del Consejo General del IFE expide las constancias de asignación proporcional a cada partido e informa de ello a la Oficialía Mayor de la Cámara de Diputados