Ok ya quedo todo puesto sobre la mesa y aunque es tema que viene desde la reforma fiscal aprobada el año pasado, ya están las reglas claras de como realizar esto.
Fíjense que la Secretaría de Hacienda y los bancos concluyeron las reglas para el cobro del Impuesto a Depósitos en Efectivo (que en la jerga tributaria será conocido como IDE) que entrará en vigor al primero de julio próximo.
Si, recuerden, este impuesto supuestamente es para “combatir” la piratería y el comercio informal que sus ganancias se cuentan en efectivo y muchas veces al día en cuentas bancarias.
De hecho, para refrescarles mas la memoria se hablo que personas que realicen o reciban depósitos en efectivo en sus cuentas bancarias deberán pagar el 2% por las operaciones que excedan los 25,000 pesos al mes.
¿Ahora si?
Ok, así de forma rápida y sin tantos entuertos; los bancos consolidarán las cuentas de sus clientes para poder efectuar el cálculo del impuesto al cierre de cada mes en la fecha mensual de corte y tendrán un plazo de 10 a 15 días para enterarlo a Hacienda.
Pero si ustedes creen que por un retiro antes de que se haga todo, se salvaron déjenme decirles que previendo eso y de manera lógica cuando la cuenta del contribuyente a la fecha de corte no tenga fondos suficientes para la retención del impuesto, el banco tendrá la obligación de retenerlo en los meses subsecuentes, cuando haya fondos.
¿Estamos?
Avisados todos.
Technorati Profile