El Papa Benedicto XVI aprobó hoy una nueva ley por la cual El Vaticano tendrá la facultad de investigar y combatir en su territorio delitos como el narcotráfico, la trata de personas o la contaminación ambiental dolosa.
Se trata de una legislación centrada en el contraste al lavado de dinero y al financiamiento del terrorismo, pero en la cual se incluyeron otros actos criminales graves, sobre todo aquellos que pudieran producir ganancias ilícitas destinadas al reciclaje.
Según explicó el vocero de la Sede Apostólica, Federico Lombardi, son delitos que no eran parte del Código Penal del Estado pontificio, pero que en la mayoría de los países son considerados significativos por su vinculación con la delincuencia organizada.
Precisó que la normativa antilavado publicada este día se inspiró en ordenamientos jurídicos de otros países, los cuales incluyen el tráfico de drogas y de personas en el combate a los delitos financieros.
El artículo 20 de la nueva ley estableció que podrá castigarse con reclusión de seis a 20 años a quien cultive, produzca, venda, ofrezca, distribuya, comercie, transporte, procure a otros, envíe, pase o entregue sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
Agregó que quienes cometan estos actos ‘sin autorización’ se harán acreedores a multas que van de 26 mil a 260 mil euros (unos 34 mil 500 a 345 mil dólares).
La misma pena aplica a quien, sin ser autorizado, importa, exporta, adquiere, recibe a cualquier título o ilícitamente porta sustancias estupefacientes o psicotrópicas que por cantidad aparezcan destinadas a un uso no exclusivamente personal.
Las penas disminuyen de un tercio a la mitad en caso de posesión de pequeñas dosis y aumentan si los actos son cometidos por tres o más personas en concurso entre ellos.
Más adelante estipuló pena de cárcel no inferior a 20 años para quien promueve, dirige, organiza o financia la asociación ilícita destinada al narcotráfico de tres o más personas. Si la asociación es armada el castigo sube a un mínimo de 24 años.
La trata de personas fue otro delito incluido en la legislación, el cual será castigado con sanciones que irían de ocho a 20 años de privación de la libertad, periodo que sube si se involucra a menores de edad, las víctimas están destinadas a la prostitución o al tráfico de órganos.
Además, según la ley, ‘es penado con el arresto de seis meses a un año o con la multa de dos mil 600 a 26 mil euros (tres mil 450 a 34 mil 500 dólares) a quien causa la contaminación atmosférica, del subsuelo, de las aguas superficiales o de las aguas subterráneas’.
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