El juez sexto de distrito en materia de Trabajo en el Distrito Federal, negó un amparo promovido por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), con lo que se confirma que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) no es patrón sustituto de los ex trabajadores de Luz y Fuerza del Centro (LyFC), lo cual había defendido la organización que encabeza Martín Esparza.
De acuerdo con información de la Secretaría del Trabajo, el amparo había sido en contra de la resolución de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) que a su vez, negó el trámite a un procedimiento de huelga que presentó el SME en contra de LyFC, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) y la CFE.
Cabe recordar que uno de los argumentos del sindicato para continuar con su demanda de reinstalación de trabajadores es la de hacer valer la figura de patrón sustituto, como uno de los derechos que les otorga la ley.
Sin embargo, en su resolución, el juez de distrito consideró que ante la extinción de LyFC, ésta desapareció de la vida jurídica y únicamente conservó su personalidad para los efectos de su liquidación, que por Ley se encuentra encomendada al SAE, pero no por ello, este último puede ser considerado patrón sustituto de los ex trabajadores de LyFC agremiados al SME.