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En 2018, un escándalo sobre las acciones de una Organización No Gubernamental en Haití sacudió el debate en torno a este tipo de organizaciones y el financiamiento que reciben, por lo que varios países han buscado cambiar las reglas con las que operan estos organismos. 

En México, se ha relacionado el uso de litigios estratégicos impulsados por ONGs que reciben fondos extranjeros, para impulsar agendas particulares.

En Puebla, una ONG realizó un litigio estratégico a nombre de una comunidad que más adelante se declaró como indígena. En la actualidad, dichas acciones podrían tener implicaciones en la vida de miles de habitantes de la entidad.

Uno de los casos recientes ocurrió en India, donde cerca de 12 mil ONGs perdieron su licencia para recibir fondos extranjeros. En Panamá se descubrió una red de ONGs donde los directivos resultaron ser legisladores, rectores de universidades, dirigentes sindicales y líderes políticos que aprovecharon las regulaciones estatales para canalizar fondos y donaciones tanto nacionales como extranjeras.

En nuestro país se ha revelado que seis organizaciones que han frenado infraestructura al sur del país, mediante procesos jurídicos, habrían recibido más de 13 millones de dólares en financiamiento desde el extranjero. Al ser organizaciones particulares, no están exentas de propiciar acciones y agendas acordes a los intereses de sus benefactores.

La ausencia de instrumentos específicos que regulen el proceso de consulta indígena en México pudo ser usada por una ONG para dar preponderancia a su agenda particular.

En Puebla, es posible que una ONG haya influido de forma negativa en el desarrollo económico y social del municipio de Ixtacamaxtitlán, donde la organización no gubernamental presentó un litigio estratégico contra un proyecto que llevaba más de una década trabajando con varias comunidades.

A causa de esto, se llevará a cabo una consulta indígena donde participarán menos de 100 personas, situación que deja en duda la representatividad del proceso para un municipio de 25 mil  326 habitantes.

De hecho, la misma ONG influyó para que la comunidad de Tecoltémic se determinara como indígena. lo que propició la aplicación de una consulta de ese índole. 

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Es decir, Tecoltémic se asumió como una comunidad indígena mientras la ONG llevaba a cabo su litigio estratégico. Sin embargo, comunidades vecinas que comparten aspectos sociales y territoriales, decidieron lo contrario.

El riesgo que hay de fondo podría ser el uso del instrumento de consulta de indígena, por medio de litigios estratégicos, para impulsar intereses ajenos a las comunidades.

El Gobierno mexicano no es ajeno a la realización de consultas indígenas, no obstante existen vacíos normativos respecto a cuándo aplicar este derecho y su despliegue.

En 1991, el Gobierno Mexicano firmó y ratificó el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Este es el instrumento legal más importante respecto a los derechos que tienen los pueblos indígenas. Sin embargo, falta una ley que reglamente el derecho a la consulta previa, libre e informada (CPLI). Situación que puede ser aprovechada para que el instrumento de consulta sea usado para empujar intereses particulares.

A decir verdad,  la aplicación de las consultas indígenas buscan avanzar en la adopción de decisiones inclusivas y participativas que atiendan a las necesidades de las personas. El derecho a la consulta de los pueblos y comunidades indígenas se traduce en el reconocimiento de los mismos, por ello son los únicos que deberían decidir, sin que haya injerencia de intereses ONG extranjeras.

JGR

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