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Se refuerzan medidas disciplinarias y de conducta en el sistema penitenciario del estado de Morelos

By noviembre 13, 2012No Comments
Se refuerzan medidas disciplinarias y de conducta en el sistema penitenciario del estado de Morelos

Se refuerzan medidas disciplinarias y de conducta en el sistema penitenciario del estado de Morelos

Desde el inicio del Gobierno de la Nueva Visión, la Subsecretaría de Reinserción Social de la Secretaría de Seguridad Pública, se ha dado a la tarea de identificar el funcionamiento y operación del sistema penitenciario, a fin de establecer las directrices normativas a efecto de recobrar la gobernabilidad de las cárceles, actuando siempre bajo los principios de legalidad y respeto irrestricto por los derechos humanos de la población interna y los familiares que acuden a visitarlos.
En días recientes, se han registrado serias situaciones que vulneran la seguridad interior de los centros penitenciarios y violentan el marco normativo, lo que ha derivado a implementar los mecanismos necesarios en beneficio del tratamiento técnico y de medidas de seguridad para la población interna, sus familias y personal que labora en estos.
Por ello, se está desarrollando una política de comunicación y sensibilización al interior de los diversos establecimientos penitenciarios, a efecto de normalizar el buen funcionamiento y vida institucional, en virtud de que una de las obligaciones de la autoridad es hacer de conocimiento de manera clara y oportuna a la población interna, sobre las medidas y disposiciones normativas que han de aplicarse tanto para acceder a un beneficio, estímulo o lo que resulta sancionable o prohibitivo de conformidad con la ley, para con ello, facilitar los medios de implementación.
En este sentido la autoridad penitenciaria conocedora de las atribuciones y obligaciones, y respetuosa de los derechos humanos de la población de conservar sus vínculos con el exterior de los establecimientos, pieza central para el apoyo del tratamiento de reinserción social, fomentamos que la población reclusa reciba sus visitas, las cuales según la normatividad vigente, son cualquier miembro de la familia y amigos siempre y cuando, los y las internas quieran recibirlos.
Lo anterior, se realiza mediante la solicitud para su registro, la cual se analiza y eventualmente se autoriza por el Consejo Técnico Interdisciplinario, órgano de consulta y asesoría que debe motivar y fundamentar sus resoluciones, siempre anteponiendo los mecanismos necesarios para preservar la aplicación del tratamiento indivualizado que propicie la reinserción social y la seguridad institucional sin que con ese pretexto, haya violaciones a los derechos humanos.
De tal manera que, la visita familiar se recibirá en las áreas específicamente dedicadas a ese fin, durante un lapso de horas suficientes para que las y los internos tengan tiempo de convivir realmente con sus visitantes y fomentar sus lazos afectivos, familiares y de apoyo.
Por otra parte, las y los internos tienen derecho a recibir la visita íntima, con su cónyuge o pareja estable, quedando esta autoridad imposibilitada de autorizar o permitir y fomentar visitas fortuitas que no abonen al tratamiento y fortalecimiento de los vínculos con el exterior, y que por la evidente irregularidad, motive prácticas cuestionables y sin el debido sustento jurídico.
El Consejo Técnico Interdisciplinario, es el encargado de verificar que exista el lazo estable entre las y los peticionarios y sus parejas, por lo cual, la visita íntima solamente estará condicionada a que tanto el visitado como su pareja se cumplan regularmente a los exámenes médicos y de laboratorio, así como a cubrir satisfactoriamente los requisitos establecidos que comprueben el vínculo jurídico y de estabilidad emocional, dando transparencia a esta autorización.
Ahora bien, es importante resaltar que la inconformidad surgida por algunas personas privadas de su libertad, que se han visto afectadas por estas medidas, son necesarias y basadas conforme a derecho, con el fin de recobrar el orden interior y legalidad que la ciudadanía nos exige como gobierno estatal.
Por tal motivo, se irán tomando todas las medidas que la propia ley obliga para el buen funcionamiento y gobernabilidad en los diversos establecimientos, para que de manera ordenada transitemos al camino de la legalidad, erradicando toda práctica fuera de la ley que permitían la corrupción y la impunidad.
Es menester enfatizar a la ciudadanía, a los visitantes y personas privadas de la libertad, que esta autoridad responsable de su función social, debe erradicar prácticas que posibiliten formas de autogobierno, impunidad, corrupción, malas conductas; así como de garantizar plenamente que el ejercicio y respeto a los derechos humanos de la población en todas sus vertientes y que no sufran menoscabo alguno.
De igual manera, se pretende garantizar la seguridad, legalidad, orden y disciplina en el interior de cada establecimiento penitenciario con la aplicación escrupulosa de la ley.
En este contexto, el Gobierno de la Nueva Visión a través de la Secretaría de Seguridad Pública, informa que en este proceso para perfeccionar los sistemas de seguridad y la labor de todo el personal de Reinserción Social, 25 custodios fueron sancionados por dos horas al término de sus horas laborales, al incurrir en faltas administrativas al hacer mal uso de los sistemas de intercomunicación y vulnerar la seguridad interna.

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